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UN SENTIDO HOMENAJE A LA CONSTITUCIÓN DE 1812, “LA PEPA”

Alegoría a la República, por Francisco de Goya 
España, uno los países más viejos de Europa, protagonista importantísimo de su configuración, verdadero gigante mundial durante los siglos XVI al XIX en que pierde sus últimas colonias de ultramar, con el ejército mejor pertrechado y temido de medio mundo, poseedor de la más poderosa flota comercial y de guerra de todos los mares conocidos, ha sido durante su larga historia protagonista de muchas e importantes efemérides como bien señalan los libros de Historia.

Pero sin lugar a dudas, a nuestro entender, el más importante acontecimiento y por el que podemos sentirnos más orgullosos todos los españoles, es la promulgación y aprobación por las Cortes Generales de España, el 19 de marzo de 1812, de su Constitución liberal, que por el día de su aprobación, San José, será conocida por la Historia con el sobrenombre de La Pepa.

La verdadera importancia de esta Carta Magna, por muchas traiciones, perjurios y escarnios sufridos en su ya dilatada vida de doscientos años, es que por primera vez en la historia es aprobado su propio concepto de Soberanía nacional a partir de un sufragio masculino indirecto para elegir a sus representantes, por lo que la soberanía absolutista pasaba a ser una soberanía constitucional con plena separación de poderes, libertad de imprenta, un reparto más equitativo de la tierra y plena libertad de industrias.
Promulgación de la Constitución de 1812, óleo de Viniegra
Estos derechos aquí ahora enunciados en el texto de la nueva Constitución, a la altura de nuestra época, nos pueden parecer cortos o revisables, alcanzada en nuestro país plena libertad constitucional a partir de la nueva Constitución de 1878, que tantas influencia absorbe de la de 1812, aunque ésta tuviera una corta vida, pues solamente estuvo vigente desde su promulgación hasta la vuelta del terrible y sanguinario Fernando VII, durante el Trienio Liberal de 1820-1823 y, por último, un corto tiempo bajo el gobierno progresista, en 1836-1837, mientras se preparaba la de 1837 y no en todo el territorio nacional, ocupado por tropas francesas.

Sin embargo, hasta llegar al feliz acontecimiento de la aprobación de la de 1812, mucha sería la sangre derramada por los españoles en la conquista de su propia libertad individual frente a los poderes de la Corona. El modelo español se convirtió en un hito democrático en la primera mitad del siglo XIX, referencia indiscutible de otras constituciones europeas e, incluso, de muchos paises americanos durante y después de su independencia, siendo uno de sus mayores logros el igualar como ciudadanos a todos sus súbditos, incluyendo a los indígenas de los territorios americanos conquistados.

Las Cortes habían abierto sus puertas el 24 de septiembre de 1810 en el teatro de la Isla de León, para posteriormente trasladarse al oratorio de San Felipe Neri, en la ciudad de Cádiz, a donde habían huído las autoridades ante la presión de los ejércitos de Napoleón que nuevamente, y con la connivencia del rey Carlos IV, habían entrado por la frontera y dominaban una parte muy considerable del territorio nacional. Allí se reunieron los diputados electos por el decreto de febrero de 1810, que habían convocado elecciones tanto en la península como en los territorios americanos y asiáticos, a los que se les unieron los suplentes elegidos en el mismo Cádiz para cubrir la representación de aquellas provincias de la monarquía ocupadas por las tropas francesas o, en el caso americano, ocupadas por tropas insurgentes, llegando a alcanzar la considerable cifra de más de trescientos diputados.

Juramento de las Cortes de Cádiz, cuadro que se conserva
en el Parlamento, de Casado Alisal
Se da la circunstancia de que los debates preliminares se realizaron en pleno asedio de Cádiz por las tropas francesas, una ciudad bombardeada, superpoblada con refugiados de toda España y con una epidemia de fiebre amarilla, por lo que las dificultades que se dieron durante los días del debate fueron de verdadera angustia, aunque en nada restó al verdadero desarrollo de lo que allí se venía discutiendo. Para entender el verdadero valor de la Carta Magna y de la repercusión que en todos los territorios bajo la soberanía española tendría en el futuro, veamos cuál fu el primer artículo de la misma que se discutió: La nación española es la reunión de los españoles de ambos hemisferios, con lo que por primera vez la nación española quedaba constitucionalmente definida.

Esta verdadera revolución iniciada en Cádiz provocó la contrarrevolución fernandina. El 4 de mayo de 1814, el recientemente restaurado rey Fernando VII decretó la disolución de las Cortes, la derogación de la Constitución y la detención de los diputados liberales, comenzando un nuevo período absolutista que tanta sangre, arrestos, persecuciones exilios y dolor causaría a un pueblo que pocos años antes había luchado por la corona que hoy, injustamente, ostentaba sobre su cabeza el cobarde y sanguinario rey.

Portada 1ª edición de la Constitución de 1812
El 3 de octubre de 1815 es condenado a muerte y ahorcado en la Coruña el héroe de la guerra de la Independencia Díaz Porlier, a la edad de 27 años; en 1816 es también condenado a la horca el militar Vicente Richard, como ejemplo para los liberales. En 1919 serían fusilados los generales Lacy, en Mallorca, y Félix Beltrán de Lis en Valencia; el 7 de noviembre de 1823 es ahorcado cobardemente en la plaza de la Cebada el general Rafael del Riego, verdadero artífice de uno de los períodos más importantes de estos tiempos: el Trienio Liberal 1820-1823; el 20 de agosto de 1825 cae fusilado Juan Martín El Empecinado por no querer aceptar las propuestas del rey; en 1831 es ejecutada Mariana Pineda…, y así una larga lista de hombres y mujeres, a los que habrá que sumar el numeroso grupo de hombres que sufren persecución y tienen que exiliarse en Portugal, Inglaterra o Francia, huyendo de la crueldad del “ángel exterminador” como se le llegó a llamar al cruel monarca. Entre estos personajes exiliados, además de otros personajes extremeños como Espronceda, Meléndez Valdés, Gallardo, etc., se encuentra el sacerdote Muñoz Torrero, diputado y obispo electo de Guadix, Granada (fallecido en la prisión del Castillo de San Julián de la Barra, Lisboa, el 16 de marzo de 1829), uno de los personajes principales –junto a Argüelles y Pérez de Castro– en la redacción de la Constitución de 1812 y el primer diputado que intervino en la jornada inaugural del 24iembre de 1810 con las siguientes propuestas revolucionarias: : La soberanía nacional reside en el pueblo. : Separación de poderes. : Abolición de la Inquisición. : Libertad de prensa. : Inviolabilidad de los diputados.

Monumento a la Constitución de 1812, en Cádiz
Fernando VII se opone a los decretos y a la constitución de las Cortes de Cádiz porque significan el paso de un Estado absolutista a uno constitucional. Es obvio, pero también hay que subrayarlo con énfasis, porque tras los decretos de igualdad de derechos y de representación, tras una constitución para «ambos hemisferios», y tras decretar la constitución de un Estado nacional en el cual los territorios americanos se integraban como provincias, la Corona perdía no sólo su privilegio absoluto sobre el resto de individuos, sino las rentas de todo el continente americano que pasaban directamente a poder del aparato administrativa estatal y no del monarca, al establecer el nuevo Estado nacional una sustancial diferencia entre la "hacienda de la nación" y la hacienda real. No podría consentirlo Fernando VII.

Por otra parte, la representación política y la igualdad de derechos de los americanos se tradujo en una reivindicación de soberanía que colisionaba con la nacional, al estar ésta concebida por los liberales peninsulares como única, central y soberana. El conflicto se estableció no solo entre un rey absoluto y la soberanía nacional y sus instituciones y representantes sino también entre una concepción centralista del Estado (basada en el gobierno de Madrid) y una descentralizada. Nada nuevo en el universo de las revoluciones burguesas, podría concluirse, pero la cuestión es que no era, estrictamente, sólo una revolución española, si se precisan no sólo la nacionalidad sino también los territorios del Estado en cuestión.

La última fase de su reinado, llamada Década Ominosa, se caracterizó por una fuerte represión sobre sus enemigos los liberales, aunque moderó su política absolutista de cara a la galería, provocando un profundo descontento entre los círculos absolutistas que fueron tomando partido por el infante Carlos María Isidro, su hermano, mucho más fuerte, cuando a su mala política se le unió el problema sucesorio, base fundamental de las futuras guerras carlistas, que estallarían a la muerte del malvado rey, el 29 de septiembre de 1833, dejando como heredera a su hija Isabel II.

Como indicábamos al principio de estos apuntes, al margen de sus incontables problemas y deseos de aniquilarla definitivamente de la política española, la constitución de 1812 se mantuvo siempre fuerte, siendo el modelo a seguir en cualquiera de los períodos democráticos, pocos, por los que ha caminado esta vieja y sacrificada nación. Con la promulgación de la actual y vigente Constitución de 1978, que tanto le debe a La Pepa, rendimos homenaje a unos hombres que antepusieron los interese de su patria a su propia vida. Ese es el mejor ejemplo que podemos sacar de una Carta Magna donde el hombre era el principal motivo de la lucha.

Nota: Las imágenes se han obtenido de diferentes sitos de internet.

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